La Ley Europea del Clima, que entra en vigor este mes, establece el compromiso de la UE con la neutralidad climática y el objetivo intermedio de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero en un 55 % como mínimo de aquí a 2030, en comparación con los niveles de 1990. Para adaptar la legislación europea a este nuevo objetivo, la Comisión Europea publicó el miércoles, 15 de julio, su paquete ‘fit for 55’, que incluye una serie de propuestas de revisión de diferentes normativas comunitarias.
Entre ellas, se encuentran normas más estrictas en materia de emisiones de CO2 para turismos y furgonetas. La propuesta de la Comisión establece que las emisiones de los vehículos nuevos disminuyan un 55% a partir de 2030 y un 100% a partir de 2035 en comparación con los niveles de 2021. Como consecuencia, todos los vehículos nuevos matriculados a partir de 2035 serán de cero emisiones, lo que en la práctica se traduce en la prohibición de vender vehículos con motor de combustión a partir de 2035.
CEEES da la bienvenida a un objetivo ambicioso de reducción de emisiones. Las pymes de nuestro sector estamos plenamente comprometidas con la reducción del impacto ambiental de nuestra actividad; somos firmantes del Pacto Mundial de Naciones Unidas y apoyamos los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Sin embargo, creemos que la Comisión Europea se equivoca y traiciona uno de sus principios reguladores, el de la neutralidad tecnológica. Su obligación es fijar objetivos que redunden en el beneficio de los ciudadanos de la UE. El problema es que no sólo fijan esa meta, sino que dicen a la industria cuál es el único camino que se puede transitar para alcanzarla
Es absurdo prohibir una máquina, como el motor de combustión interna. Las máquinas no son buenas o malas per se, sino que lo son en función del uso que se hace de ellas. Si un motor de combustión interna funciona con combustibles no contaminantes, como los ecocombustibles, ¿por qué vamos a prohibir su utilización? Esa cortedad de miras y esa renuncia deliberada a la neutralidad tecnológica supone, de facto, cerrar la puerta a la I+D+i de la industria europea, que ya estaba trabajando en soluciones muy innovadoras que permiten utilizar motores de combustión interna sin emisiones contaminantes
Dentro del paquete legislativo ‘fit for 55’ se incluye también el Reglamento revisado sobre la infraestructura de recarga y repostaje de combustibles alternativos, que exigirá a los Estados miembros que amplíen la capacidad de carga en consonancia con la venta de vehículos de cero emisiones y que instalen puntos de recarga y de repostaje a intervalos regulares en las principales autopistas de la red europea de transporte: cada 60 kilómetros para la recarga eléctrica y cada 150 km para el repostaje de hidrógeno. Consulta todos los documentos relacionados con el paquete legislativo propuesto por la Comisión aquí.