Las estaciones de servicio que en 2020 tuvieran unas ventas agregadas de más de cinco millones de litros o dispensen en sus instalaciones cualquier tipo de combustible alternativo (sin tener en cuenta los bios que incorporan de origen gasolina y gasóleo) tendrán que exhibir a partir del 1 de abril carteles en los que se compare el coste que tiene recorrer 100 km utilizando derivados del petróleo, GLP, GNC y electricidad, diferenciando entre recarga doméstica y recarga rápida.

Los carteles, que puedes descargarte pinchando aquí en formato vertical y aquí en formato horizontal, serán actualizados trimestralmente y estarán disponibles en esta página web. Los carteles comparativos pueden exhibirse en formato digital o tradicional “dentro de la zona de suministro o en la superficie comercial destinada a tienda, en un lugar suficientemente visible para el usuario«, según recoge la nueva normativa, si bien el texto no especifica el tamaño al que deben mostrarse.

El incumplimiento de esta norma será considerado una infracción administrativa grave.