Miguel Ángel Calle García | asesor laboral de CEEES

Madrid 27.11.21

Yo no hablaría tanto de formación obligatoria o requerida legalmente, que también la puede haber dependiendo de las distintas actividades y riesgos que existen en cada EESS y de la funciones y responsabilidades de sus trabajadores, como por ejemplo si manipulan alimentos pues tendrán que tener formación en materia de manipulación de alimentos, igual pasa en relación con toda la materia de prevención de riesgos en donde todos los trabajadores tienen que estar informados y formados de todos los riesgos existentes en sus puestos de trabajo, también en materia de protección de datos, blanqueo de capitales, extinción de incendios, atmosferas explosivas y un largo etc.

Yo lo que me plantearía es, ¿qué carencia formativa tienen mis trabajadores para poder desempeñar sus funciones correctamente?, y ello como digo en función de las necesidades de cada EESS y de las funciones y responsabilidades de cada trabajador que pueden ser muy distintas (operario, administrativo, encargado, etc.).

Nosotros sí que hemos priorizado con carácter general unas acciones formativas sobre otras en nuestro sector y que coinciden básicamente con el listado que nos facilitó recientemente NORMA BÁSICA, empresa de formación recomendada por CEEES, pero yo hablaría directamente con mi centro formación y les informaría de dichas necesidades formativas para la realización de los cursos que cada empresa requiera.

 

 

Es cierto que los centros de formación nos pueden orientar, pero deben ser las empresas las que elijan el curso que consideran más adecuado en función de sus necesidades, teniendo en cuenta también los créditos formativos que tenga cada empresa así como los presupuestos de que dispongan para ello.

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