Para qué es la ayuda
Innovación y mejora de los instrumentos de gestión, infraestructuras y equipamento comercial como vía para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad.
Quién puede pedirla
– Autónomos, Micro y pequeñas empresas a) La actividad empresarial deberá estar domiciliada social y fiscalmente en el País Vasco y radicar en la misma el establecimiento comercial o de servicio para el que se solicita la ayuda. b) Ejercer la misma actividad comercial o de servicios en el establecimiento objeto de subvención, con alta efectiva en el Impuesto sobre Actividades Económicas, durante mínimo un año antes de la fecha de presentación de solicitud.
Plazos que existen para la solicitud
El plazo de solicitud es desde el 18/05/2022 hasta el 30/09/2022
En qué consiste la ayuda
– En ningún caso el porcentaje de subvención incluyendo los puntos de incremento podrá ser superior al 40% de la inversión total admitida. – La subvención máxima concedida será de 9.000 euros por establecimiento y año. – Importe mínimo de inversión admitida (Sin IVA) por establecimiento comercial: a) 3.000 euros para las inversiones de renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento comercial b) 750 euros para las inversiones de incorporación de nuevas tecnologías e innovación
Qué gastos o acciones me cubre
1. Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento comercial: – Obras e instalaciones de adecuación, renovación o ampliación del interior y/o exterior del establecimiento comercial, que afecten al acondicionamiento, la distribución de la superficie comercial o la mejora de la imagen del mismo. – Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética. – Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten la accesibilidad de las personas con movilidad reducida. – Adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento comercial, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo o similares y la adquisición e instalación de toldos. Adquisición, instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados al ejercicio de la actividad principal. – Adquisición de equipamiento y mobiliario para la exposición de productos: escaparates, mostradores, paneles, estanterías, vitrinas e islas expositoras, tarimas, percheros y similares. – Mobiliario destinado al almacenamiento de los productos. – Alarmas y sistemas de seguridad. La cuantía de la inversión máxima subvencionable no podrá exceder de 6.000 euros, IVA excluido. – Equipos de climatización del local – Las inversiones realizadas para la mejora y modernización de los espacios y elementos comunes – Maquinas vaporizadoras, sistemas de ventilación y purificación del aire, termómetro digital, cámaras de medición de la temperatura corporal, esterilizadores, alfombras descontaminantes y equipamiento de similares características. 2. Incorporación de nuevas tecnologías e innovación: – Equipos informáticos, aplicaciones informáticos y software de gestión, destinados a la mejora de gestión del establecimiento comercial, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial. – Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización (desarrollo de página web, venta online o de gestión del establecimiento comercial – Terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos. – Balanzas electrónicas de mercaderías. – Cajas registradoras. – Implantación del software de facturación para el sistema TicketBAI (TBAI).