Detalle de la subvención

Abierta hasta 31/12/2022

¿Para qué es la ayuda?

Ayudas en forma de garantía para la financiación de proyectos de inversión y circulante destinadas al impulso industrial para los años 2021-2022.

¿Quién puede pedirla?

Podrán ser beneficiarios de esta ayuda PYMES, autónomos y grandes empresas industriales y de servicios relacionados que tengan sede social o sede operativa en Cataluña, o bien que sean de nueva implantación en Cataluña, y que cumplan cuatro de los siguientes ocho criterios: a) Empresas con un centro de producción de menos de 250 trabajadores/as y que en el último ejercicio su facturación haya sido de hasta 40 millones de euros. b) Empresas que acrediten un porcentaje de ventas en el extranjero superior al 25% durante los dos últimos ejercicios. c) Empresas que lleven a cabo un proyecto que contribuya al reequilibrio territorial en materia industrial, entendido como cualquier inversión industrial ubicada fuera de las comarcas del ámbito metropolitano de El Barcelonès, El Baix Llobregat y El Vallès Occidental. d) Empresas que lleven a cabo un proyecto de reindustrialización en municipios de instalaciones productivas objeto de procesos de cierre o deslocalización. e) Empresas que lleven a cabo proyectos orientados a la prevención de la generación de residuos, la reutilización y reciclaje de materiales y productos. f) Empresas que impulsen un proyecto de inversión que conlleve la creación o mantenimiento de empleo con el compromiso de no aplicar ningún expediente de extinción por causas objetivas en los próximos tres años. g) Empresas que lleven a cabo una inversión que suponga el incremento de su capacidad productiva respecto a la del año anterior y que se mantenga de manera sostenida durante los próximos tres años. h) Empresas que lleven a cabo una inversión en una nueva planta de producción o en la diversificación de producto.

¿Qué plazos existen para la solicitud?

El plazo de solicitud de esta ayuda es desde el 16/ 04/ 2021 hasta el 31/12/2022.

¿En qué consiste la ayuda?

Importe de los préstamos: En el caso de pymes, con carácter general, el importe del préstamo será de hasta el 80% del importe de la inversión, con un mínimo de 100.000,00 euros y un máximo de 2.000.000,00 de euros por proyecto. En el caso de circulante, el importe del préstamo será, con carácter general, de hasta el 100% del importe solicitado, con un mínimo de 100.000,00 euros y un máximo de 500.000,00 euros.

¿Qué gastos o acciones me cubre?

Proyectos de inversión para la modernización y la creación de nuevos establecimientos industriales, o la ampliación de los existentes, y que tengan un impacto cierto y cuantificable sobre los siguientes aspectos: a) El incremento o mantenimiento de la capacidad productiva. b) La creación o el mantenimiento del empleo, y se valorará especialmente la calidad de ese empleo y la retención de talento. c) La dinamización de la actividad en la cadena de valor, especialmente en cuanto a los proveedores locales. d) El uso intensivo de las tecnologías de la información y de las comunicaciones en sus procesos productivos y en el resto de sus ámbitos de actividad. e) El incremento de las exportaciones. f) Proyectos de inversión: se consideran elegibles los gastos de adquisición de activos materiales o inmateriales y los gastos de subcontratación o de personal directamente vinculados a la ejecución del proyecto y activadas en el balance de la empresa. g) Circulante: se consideran elegibles los gastos de circulante relativos a las actividades de producción y fabricación.

Algo más que debes saber…

Plazo: con carácter general el plazo máximo del préstamo, en el caso de la inversión, será de hasta diez años, con la posibilidad de un periodo de carencia de amortización de hasta dos años, incluido en ese plazo. En el caso del circulante, con carácter general, será de hasta cinco años, con un periodo de carencia de hasta un año incluido en ese plazo.-Tipo de interés de los préstamos: será el variable del euríbor a 12 meses más un diferencial de hasta el 3%. Los precios ofrecidos por el ICF en esta línea de ayudas son precios de mercado y se encuentran amparados por las tarifas vigentes.

¿Qué limitaciones tiene?

 

Información facilitada por CEOE