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Abierta hasta 31/12/2023

 

¿Para qué es la ayuda?

El objetivo de esta medida es la renovación del parque de vehículos que utiliza combustibles fósiles por vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible, fomentando así la disminución de las emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes, la mejora de la calidad del aire, el ahorro energético y la diversificación de las fuentes energéticas en el transporte, así como la consiguiente reducción de la dependencia de los productos petrolíferos.

¿Quién puede pedirla?

-Las personas físicas que desarrollen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, que desarrollen dicha actividad en el territorio regional y tengan vecindad igualmente en esta Comunidad
 -Las personas físicas que sean mayores de edad, y, las personas menores de edad con discapacidad, que tengan su residencia habitual en la Región de Murcia.
-Las comunidades de propietarios radicadas en la Región de Murcia
.-Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud
 -Las entidades locales de la Región de Murcia.

¿Qué plazos existen para la solicitud?

El plazo es desde el 30/09/2021 hasta el 31/12/2023.

¿En qué consiste la ayuda?

Las ayudas varían en función del vehículo y, en algunos casos, se incentiva con un porcentaje extra del 10% para habitantes de menos de 5.000 habitantes. Los importes van desde los 700 euros hasta los 9.000 euros (las ayudas son mayores si hay achatarramiento de vehículo). Respecto a la instalación de puntos de recarga, el importe subvencionable variará en función del tipo de entidad solicitante pudiendo llegar al 80% del coste.
¿Qué modalidades existen?
– Programa de incentivos 1 (Programa para el fomento de adquisición de vehículos eléctricos)
 – Adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible
.- Programa de incentivos 2 (Programa de apoyo al despliegue de infraestructura de recarga)
 – Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

¿Qué gastos o acciones me cubre?

Será subvencionable la adquisición directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (también llamado leasing operativo) de vehículos nuevos así como la instalación de los puntos de recarga.

Información facilitada por CEOE