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Estimado presidente,
Recientemente, se ha actualizado el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.
Una actuación de ahorro energético implica reducir la energía empleada para lograr un mismo fin, generando beneficios tanto a nivel colectivo como individual. Por un lado, se reducen las emisiones de gases de efecto invernadero, puesto que baja la demanda de producción energética, y se reduce la dependencia energética que caracteriza al mercado europeo. Por otro lado, para quien logra un ahorro energético no solo se rebajan sus gastos, debido a un menor consumo de recursos energéticos, sino que además, podrá monetizar este ahorro energético.
Monetizar el ahorro energético supone identificar dicho ahorro energético, cuantificarlo y transmitirlo a un sujeto obligado (operadores al por mayor o comercializadoras de gas o eléctricas) o sujeto delegado (los que constan en este listado), a cambio de una contraprestación económica.
Las actuaciones de ahorro energético pueden ser una actuación estandarizada, que forma parte del catálogo ahora actualizado, y que por sus características puede ser fácilmente replicable; o una actuación singular, no incluida en el catálogo anterior.
En cuanto a las actuaciones estandarizadas incluidas en el catálogo, destacamos aquellas relativas a cambios en los sistemas de iluminación de las estaciones de servicio (como son las fichas TER030 o TER180), de climatización (TER040), refrigeración (TER190 o TER200) o equipos informáticos (TER260).
Para más información, se puede acceder al catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética completo a través del siguiente enlace: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-14816
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