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Información oficial
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iconPara qué es la ayuda

Incentivos fiscales basados en deducciones en el impuesto de sociedades para proyectos de IT.

icon Quién puede pedirla

Autónomos, Pymes, Start up y Empresas que realicen proyectos de innovación Tecnológica (iT).

icon Plazos que existen para la solicitud

La deducción fiscal es proporcional a las actividades de I+D+i y se aplica en la liquidación anual del impuesto de sociedades. La deducción generada pero no aplicada, puede aplicarse en ejercicios posteriores.

icon En qué consiste la ayuda

El porcentaje de deducción sobre gastos por innovación tecnológica es de 12%. En caso de no tener suficiente base imponible o incurrida en perdidas se podría llegar a convertir esa deducción fiscal en un ingreso en cuenta con una quita de 20% sobre el derecho de deducción generado.

icon Qué gastos o acciones me cubre

a) Gastos asociados al proyecto (personal, amortizaciones, materiales fungibles, colaboraciones externas, y otros) b) Incremento gasto anual total en proyectos I+D respecto a la media de años anteriores. c) Inversión en inmovilizado material e intangible (excluidos inmuebles y terrenos): siempre que estén afectos exclusivamente a actividades de I+D. La deducción por estas inversiones será un 8%.

icon Algo más que debes saber…

Este beneficio fiscal se puede solicitar todos los años y se debe presentar junto con el impuesto de sociedades (modelo 200) antes del 25 de julio de cada año. Es un beneficio que se puede monetizar. Se tienen 18 años para aplicarla una vez generado el derecho.

Información facilitada por CEOE