La norma, ya aprobada, está pendiente de desarrollo normativo por orden ministerial

Roberto L. Vargas@robertolvargas
Madrid Creada: 07.02.2025 02:00
Última actualización: 07.02.2025 02:00 

El fraude de los carburantes, que cada año resta cerca de 1.000 millones de euros de recaudación para las arcas públicas pero que era un gran desconocido hasta que se desmanteló una red que presuntamente lo practicaba y en la que participaba Víctor de Aldama, el presunto «conseguidor» en la trama de supuestas comisiones ilegales que se investiga en el «caso Koldo»; está muy cerca de pasar a mejor vida. O, al menos, a una mucho más incómoda que debería permitir que su impacto quedara muy limitado con la próxima entrada en vigor de la conocida como «solución italiana» que demandaba el sector, que calcula que estará operativa en el primer trimestre de este año, según ha confirmado fuentes del mismo a LA RAZÓN.

El nuevo mecanismo contra el fraude de IVA en los carburantes introducido a través de la modificación de la Ley del IVA aprobada el pasado 20 de diciembre, consiste en una obligación para el dueño del producto que lo tenga depositado en un depósito fiscal y que lo extraiga de garantizar el pago del IVA correspondiente a la salida del depósito fiscal. Cuando estos carburantes se sacan de estos depósitos es cuando se devenga todo este impuesto acumulado tras las sucesivas transacciones realizadas dentro del depósito fiscal de hidrocarburos, donde permanece en régimen suspensivo de impuestos. Hasta ahora, lo que los defraudadores hacían era extraer el carburante, repercutir el IVA a sus clientes y cobrárselo. Pero, al mismo tiempo, o bien no pagaban ese impuesto a Hacienda, o bien declarándolo, solicitaban aplazamientos de pago para ganar tiempo y desaparecer antes de que la Agencia Tributaria actuara contra ellos, liquidando la sociedad con la que operan o dejándolas inactivas, por lo que ese agujero económico pasaba a engrosar la lista de deudores de la Agencia Tributaria, sin posibilidad de recobrarlo, junto con las sanciones que devengaban por ese incumplimiento.

Al no pagar el IVA, estos operadores contaban con ese margen del 21% del coste del combustible para venderlo más barato y sacar un beneficio. Desde el sector calculan que sólo por no pagar el IVA se genera una ventaja competitiva de 20 céntimos por litro de carburante. Una barbaridad en un producto con un coste medio de 1,5 euros.

Cambios

Para garantizar que se pagará ese IVA, en el cambio introducido en la ley de este impuesto se exigirá a quien extraiga el carburante del depósito fiscalun aval o un pago a cuenta. En el caso del aval, será a favor de la Agencia Tributaria y tendrá que garantizar el 110% de la cuota del IVA correspondiente a la operación asimilada a la importación devengadas en los 2 meses anteriores a la extracción de los productos. Transcurridos tres meses desde la extracción, sin que se justifique el pago del IVA por las entregas sujetas y no exentas, se podrá ejecutar la garantía.