ejaso.es | 21.01.18
Apenas una semana después de que el Tribunal Supremo confirmara la nulidad de las relaciones contractuales articuladas mediante un derecho de superficie y un contrato de suministro en exclusiva, desde 1 de enero de 2002, otra estación de servicio ubicada en Cataluña va a ser indemnizada en la cantidad de 1.700.000 € por una compañía petrolera, como consecuencia de la declaración de nulidad de otro derecho de superficie.