ejaso.es | 21.01.18
Apenas una semana después de que el Tribunal Supremo confirmara la nulidad de las relaciones contractuales articuladas mediante un derecho de superficie y un contrato de suministro en exclusiva, desde 1 de enero de 2002, otra estación de servicio ubicada en Cataluña va a ser indemnizada en la cantidad de 1.700.000 € por una compañía petrolera, como consecuencia de la declaración de nulidad de otro derecho de superficie.
Apenas una semana después de que el Tribunal Supremo confirmara la nulidad de las relaciones contractuales articuladas mediante un derecho de superficie y un contrato de suministro en exclusiva, desde 1 de enero de 2002, otra estación de servicio ubicada en Cataluña va a ser indemnizada en la cantidad de 1.700.000 € por una compañía petrolera, como consecuencia de la declaración de nulidad de otro derecho de superficie.