MIÉRCOLES 17 DE JUNIO 2020 17:00 HORAS
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Se aproxima el final del estado de alarma y consideramos que es momento de que las estaciones de servicio dispongan de información adecuada para solicitar al Estado la reparación del daño ocasionado por la obligación impuesta de prestar un servicio esencial.
Desde la declaración del estado de alarma, todas las estaciones de servicio tuvieron que permanecer abiertas para asegurar el suministro de combustibles y carburantes a vehículos. Por Orden SND/337/2020, de 9 de abril, se estableció una nueva regulación que supuso que un elevado número de estaciones de servicio estuvieran obligadas a continuar prestando su servicio manteniendo su calendario y horario habitual, entendiendo por éste el vigente en el momento anterior a la declaración del estado de alarma. Otras, pudieron flexibilizar sus horarios, aunque garantizando unos mínimos. Y, el resto, tuvieron plena libertad para modificar su calendario y horario desde ese momento.
Desde EJASO ETL Global, queremos anticiparnos y ofrecer respuestas a las cuestiones que sabemos se está planteando el sector, tales como: ¿Puedo reclamar al Estado? ¿Qué puedo reclamar? ¿Cómo se debe realizar esa reclamación? En esta sesión, trataremos estas y otras cuestiones relacionadas, dando respuesta a todas ellas.
DÓNDE: Plataforma Microsoft Teams
DURACIÓN: 1h
INTERVINIENTES:
Susana Beltrán Ruiz
Marion Beck
José Ángel Castillo Cano Cortés
Lourdes Ruiz Ezquerra
AGENDA:
INTRODUCCIÓN – (15´)
- Alcance y efectos de las medidas adoptadas durante el estado de alarma en relación con las estaciones de servicio
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR LOS DAÑOS OCASIONADOS DURANTE EL ESTADO DE ALARMA – (10´)
- Fundamento legal de la reclamación
- Presupuestos de la reclamación
CUESTIONES PRÁCTICAS DE LA RECLAMACIÓN – (20’)
- ¿Qué estaciones de servicio pueden reclamar?
- ¿Qué pueden reclamar?
- ¿Cómo deben realizar la reclamación?
RUEGOS Y PREGUNTAS – (15´)