Este contenido requiere permisos específicos para visualizarlo
Si considera que debería tenerlos, comuníqueselo a su asociación
Disculpe las molestias
Este contenido requiere permisos específicos para visualizarlo
Si considera que debería tenerlos, comuníqueselo a su asociación
Disculpe las molestias
Don Benito (Badajoz), 19 de agosto de 2017.- El pasado 18 de agosto entró en vigor la modificación del Estatuto de los Consumidores de Extremadura, aprobada el pasado mes de mayo por la Asamblea autonómica y en virtud de la cual las gasolineras de la región deberán contar con al menos un empleado entre las 07:00 y las 22:00 horas.
Las instalaciones de suministro de combustibles de automoción que incumplan la disposición adicional segunda del Estatuto de los Consumidores de Extremadura estarán incurriendo en una infracción grave castigada con multas que oscilan entre los 3.005,07 euros y los 15.000 euros.
C/ Núñez de Balboa 116, 3ª planta, oficina 22
28006 Madrid
Tlfs: 91 563 54 03
E-mail: ceees@ceees.com
Web: www.ceees.com